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LEY ORGÁNICA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
No. 24, publicado en el Registro Oficial Suplemento 337 del 18 de Mayo del 2004.
TITULO SEGUNDO
DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y SU DIFUSIÓN
Art. 7.- Difusión de la Información Pública.- Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 118 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página Web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley se la considera de naturaleza obligatoria:
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Organización Interna |
a) Estructura orgánica funcional, base legal que la rige, regulaciones y
procedimientos internos aplicables a la entidad; las metas y objetivos
de las unidades administrativas de conformidad con sus programas
operativos
Estructura Orgánica Funcional
Base Legal
Regulaciones y procedimientos internos
Metas y Objetivos
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Directorio
de la institución |
b) El directorio completo de la institución, así como su distributivo de
personal. Este punto se enfoca al listado de cargos y escalas salariales
de la institución.
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Remuneraciones |
c)La
remuneración mensual por puesto y todo ingreso adicional, incluso el
sistema de compensación, según lo establezcan las disposiciones
correspondientes.
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Servicios |
d)Los servicios que ofrece y las formas de acceder a ellos, horarios de atención y demás indicaciones necesarias, para que la ciudadanía pueda ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones.
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Contratos
colectivos |
e)Texto
íntegro de todos los contratos colectivos vigentes en la institución,
así como sus anexos y reformas.
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Formularios
para trámites |
f) Formularios y formatos de solicitudes que se requieran para los trámites
inherentes a su campo de acción.
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Presupuesto
anual |
g) Información total sobre el presupuesto anual que administra la
institución, especificando ingresos, gastos, financiamiento y resultados
operativos de conformidad con los clasificadores presupuestales, así
como liquidación del presupuesto, especificando destinatarios de la
entrega de recursos públicos.
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Auditorías
internas |
h) Los resultados de las auditorías internas y gubernamentales al ejercicio
presupuestal.
Auditorias Internas
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Contratos |
i) Información completa y detallada sobre los procesos precontractuales,
contractuales, de adjudicación y liquidación, de las contrataciones de
obras, adquisición de bienes, prestación de servicios, arrendamientos
mercantiles, etc., celebrados por la institución con personas naturales o
jurídicas, incluidos concesiones, permisos o autorizaciones.
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Contratos
incumplidos |
j) Listado de las empresas y personas que han incumplido contratos con
dicha institución.
Un listado de las empresas y personas que han incumplido contratos
con dicha institución; Hasta la presente fecha no tenemos personas o
empresas que hayan incumplido con la Fundación.
Hasta la presente fecha la Fundación NO tiene personas o empresas que hayan
incumplido sus contratos.
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Planes
y programas |
k) Planes y programas de la institución en ejecución.
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Contratos
de crédito |
l) El detalle de los contratos de crédito externos o internos; se señalará
la fuente de los fondos con los que se pagarán esos créditos. Cuando se
trate de préstamos o contratos de financiamiento, se hará constar, como
lo prevé la Ley Orgánica de Administración Financiera y Control, la Ley
Orgánica de la Contraloría General del Estado y la Ley Orgánica de
Responsabilidad y Transparencia Fiscal, las operaciones y contratos de
crédito, los montos, plazo, costos financieros o tipos de interés.
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Indicadores
de desempeño |
m) Mecanismos
de rendición de cuentas a la ciudadanía, tales como metas e informes de
gestión e indicadores de desempeño;
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Viáticos |
n) Los viáticos, informes de trabajo y justificativos de movilización
nacional o internacional de las autoridades, dignatarios y funcionarios
públicos; Área Financiera.
Informes de Trabajo
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Responsable
de la información |
o) El nombre, dirección de la oficina, apartado postal y dirección
electrónica del responsable de atender la información pública de que
trata esta Ley.
Fundación Museos de la Ciudad
Responsable de la información pública
Responsable: Alfonso Espinoza - Comunicador Institucional.
Dirección: García Moreno S1-47 y Rocafuerte.
Código postal: 17-01-418
E-mail: alfonsoe@museociudadquito.gov.ec |
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Resoluciones |
s) Los organismos seccionales informarán oportunamente a la ciudadanía de
las resoluciones que adoptaren, mediante la publicación de las actas de
las respectivas sesiones de estos cuerpos colegiados, así como sus
planes de desarrollo local.
Este Item No aplica a la Fundación. |
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Petición de la Información |
Solicitud de acceso a la información pública
petición de información, 28 kb |
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Última actualización 20-mayo-2010 |
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